Hipódromo Argentino de Palermo S.A. (HAPSA) adoptó un fuerte compromiso institucional para combatir el flagelo de los delitos tipificados como lavado de activos y financiamiento del terrorismo. Para ello, la Compañía dispuso las medidas necesarias para el cumplimiento de la legislación que regula estas actividades, cuyos efectos resultan devastadores para nuestra sociedad, no sólo desde lo económico, sino también desde un punto de vista cultural, ético y moral.
En virtud de ello, HAPSA cuenta con un Departamento específico de análisis y prevención; posee políticas, normas y procedimientos operativos documentados y aplicables en todo el ámbito de la Compañía; dispone de herramientas tecnológicas para el análisis de la información; efectúa capacitaciones periódicas para concientizar al personal sobre la importancia en materia de prevención, identificación y el reporte, de manera oportuna, de operaciones consideradas inusuales o sospechosas, entre otros controles.
En esta línea, Hipódromo Argentino de Palermo S.A. participa activamente y vela por la adopción de todos los recaudos tendientes a prevenir las actividades ilícitas en la industria del entretenimiento y la explotación de juegos de azar.
¿QUÉ ES EL LAVADO DE ACTIVOS?
Es una actividad delictiva, en la cual se procesa dinero ilegal a través de una serie de transacciones, de forma tal que los fondos parezcan provenir de actividades legales.
Así, se consigue ocultar el verdadero origen del dinero y el acto ilegal que los produjo para integrarlos en el sistema económico legal evadiendo los controles de las autoridades.
¿QUÉ ES EL FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO?
El financiamiento del terrorismo es cualquier forma de acción económica, ayuda o mediación que proporcione apoyo financiero a las actividades de elementos o grupos terroristas. En este caso, el origen del dinero puede ser lícito o ilícito, indistintamente.
¿QUÉ ES LA UIF?
La Unidad de Información Financiera (UIF) es el organismo nacional que se encarga de implementar y dar seguimiento a mecanismos de prevención y detección de actos, omisiones y operaciones, que pudieran favorecer o ayudar a las actividades de Lavado de Dinero y el Financiamiento del Terrorismo.
NORMATIVA VIGENTE
A continuación, se expone un listado (no taxativo) de la normativa aplicable:
Ley 25.246 de Prevención de Lavado de Activos de origen delictivo, Leyes modificatorias y sus Decretos Reglamentarios.
Resolución UIF Nº 199/2011 (Aplica para Juegos de Azar). Establece las medidas y procedimientos mínimos que deben observase para prevenir, detectar y reportar los hechos, actos, operaciones u omisiones que pudieran constituir delitos de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.
Resolución UIF Nº 11/2011 y modificatoria R.52/2012. Detalla las funciones por las cuales se considera a una Persona Expuesta Políticamente (PEP).
Resolución UIF Nº 29/2013. Dispone los mecanismos para el congelamiento administrativo de activos vinculados al Financiamiento del terrorismo.
MÁS INFORMACIÓN
Unidad de Información Financiera:
https://www.argentina.gob.ar/uif
Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI):
http://www.fatf-gafi.org
Grupo de Acción Financiera de Sudamérica (GAFISUD):
http://www.gafisud.info
CANAL DE DENUNCIAS – LÍNEA ÉTICA
En caso de observar conductas fraudulentas o inusuales, que se aparten de los valores, lineamientos de integridad y ética de Hipódromo Argentino de Palermo S.A., por favor hacenos llegar tus comentarios a través de la LÍNEA ÉTICA (
https://www.palermo.com.ar/es/institucional/linea-etica) o enviando un e-mail a
contanos@palermo.com.ar.
En todos los casos, los datos aportados serán tratados con absoluta reserva y confidencialidad.
COMPLIANCE
Hipódromo Argentino de Palermo S.A. adopta el compromiso institucional de una gestión abierta y transparente, basada en el cumplimiento de las normas internas y de la legislación vigente, fomentando una cultura ética, íntegra y de cumplimiento.
Por ello, dispuso las medidas necesarias para que su conducción sea siempre y en toda oportunidad respetando estos estándares, concientizando a su personal sobre la importancia en materia de prevención, identificación y el reporte de manera oportuna, de operaciones que violen las obligaciones de Compliance externas-internas.