NUEVO REGLAMENTO SOBRE EL USO DE LA FUSTA | Hipódromo Argentino de Palermo | TURF | Hipódromo Argentino de Palermo

Turf

»

Nuevo reglamento sobre el uso de la Fusta

En el marco del programa de Bienestar Animal

EL HIPÓDROMO DE PALERMO PRESENTA UN NUEVO REGLAMENTO SOBRE EL USO DE LA FUSTA

Uno de los principales objetivos del Hipódromo de Palermo es bregar por el bienestar y debido cuidado de los Sangre Pura de Carrera. Es por esto que será el primer hipódromo de la región que, siguiendo las recomendaciones de la International Federation of Horseracing Authorities (IFHA) y la Organización Sudamericana de Fomento del Sangre Pura de Carrera (OSAF), brindará un respaldo normativo en lo concerniente al uso de la fusta.

En este sentido, la Comisión de Carreras procedió a la aprobación de un nuevo reglamento que entrará en vigencia a partir de la jornada del 1° de mayo en el Gran Premio República Argentina.

El mencionado reglamento establece medidas para las características de la fusta, el uso correcto de la misma, el uso indebido y la penalización. Entre otras novedades, hay que destacar que se limitará el uso de la fusta a 10 veces por carrera y en los últimos 200 metros se podrá utilizar como máximo en 5 ocasiones.

Significa una importante medida que se suma a la obtención de la certificación en los procesos de extracción de muestras biológicas y es otro avance del Hipódromo de Palermo en el marco del programa de Bienestar Animal poniéndose en sintonía con la hípica mundial.
Reglamento uso de la fusta
Abierto de Lunes a Domingo las 24hs. Av. del Libertador 4101 // Ciudad Autónoma de Buenos Aires // Pcia. de Buenos Aires // Argentina Escribinos por WhatsApp al 11-6679-8216
Copyright © 2011 Hipódromo Argentino de Palermo® S.A., todos los derechos reservados.
El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley N 25.326. La DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES, Organo de Control de la Ley N 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al incumplimiento de las normas sobre protección de datos personales.
Resolución de pantalla optima: 1024 x 768
Formulario
Nº 960/NM
Data Fiscal